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CASTAÑEDA ANDRES FERNANDO Y OTRO/A C/ MENDEZ KARINA NATALIA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Morón confirmó la responsabilidad del siniestro en un accidente de tránsito y condenó a la aseguradora a pagar la indemnización total de $8.225.000,00, en base a la responsabilidad objetiva del dueño y guardián del vehículo causante y la cobertura del seguro.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Responsabilidad civil Indemnizacion Seguro de responsabilidad civil Responsabilidad del conductor Pericia tecnica Danos fisicos y morales Cuantia de condena

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Castañeda y Rosas contra Mendez y la aseguradora, por daños derivados de un accidente ocurrido el 7 de julio de 2021, en Morón, donde el vehículo Fiat Mobi conducido por la demandada embistió al Renault Megane de la actora, causándole daños físicos, psíquicos, materiales y morales. La sentencia establece que la responsabilidad del siniestro recae en la conductora del Fiat Mobi, por no respetar la prioridad de paso, y que la responsabilidad del asegurador debe extenderse hasta un límite de $160.000.000, en virtud de la póliza vigente. La pericia técnica y la documentación acompañada acreditan los daños y la mecánica del hecho, con una valoración indemnizatoria total de $8.225.000. La sentencia también rechaza la excepción de falta de legitimación activa de la aseguradora respecto de la co-actora, Rosas, y confirma la condena con costas. Fundamentos principales: "En el caso, rige en la especie la responsabilidad del riesgo de la cosa conforme lo establecido en el art. 1769 del Código Civil y Comercial de la Nación. La responsabilidad es objetiva y el responsable solo podrá liberarse si demuestra el hecho de la víctima, de un tercero por el cual no deba responder, o caso fortuito. La mecánica del siniestro, reconocida en la contestación de la aseguradora, confirma la responsabilidad de la conductora por no respetar la prioridad de paso. La prueba pericial y documental aportada demuestra los daños y su cuantificación, correspondiendo una indemnización total de $8.225.000,00." "Asimismo, la jurisprudencia de la Corte Provincial reafirma que la responsabilidad en accidentes de tránsito en la responsabilidad objetiva requiere que el damnificado acredite el hecho dañoso y el nexo causal, lo que en este caso resulta acreditado por la mecánica del accidente y la documentación probatoria."

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