VIDAL EZEQUIEL NICOLAS C/ GOMEZ EDUARDO ALBERTO Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La sentencia concede al actor el beneficio de litigar sin gastos en una causa por daños y perjuicios, justificando la decisión en informes, declaraciones y la declaración jurada del beneficiario, conforme a las normas legales del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.
Actor: Ezequiel Nicolás Vidal Demandado: Eduardo Alberto Gómez y RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (en garantía) Objeto: La tramitación del juicio por daños y perjuicios sin el pago de costas u otros gastos judiciales, en virtud del beneficio de litigar sin gastos solicitado y concedido. Decisión: Se concede el beneficio de litigar sin gastos a Ezequiel Nicolás Vidal, permitiéndole afrontar el juicio sin pagar costas ni otros gastos, hasta que mejore de fortuna. La resolución se fundamenta en las constancias del expediente, informes, declaraciones de testigos y declaración jurada, que fueron valoradas conforme a las reglas de la sana crítica y la normativa del Código Procesal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las constancias de los informes de fecha 20/03/2025 (SINTYS), las declaraciones de los testigos acompañadas en fecha 26/12/2024 y ratificadas el dia 05/06/2025 cuyo traslado ha sido materializado en fecha 12/08/2025; y la declaración jurada de fecha 03/07/2025, que la suscripta aprecia de acuerdo a las reglas de la sana critica (art 384 del CPCC) y lo dispuesto por los arts. 78, 79, 81, 84 y 85 del Codigo citado,". La decisión se basa en la evaluación de la documentación y las declaraciones, considerando la situación económica del beneficiario para conceder el beneficio previsto en el art. 81 del CPCC. "Conceder a Ezequiel Nicolás Vidal el beneficio de litigar sin gastos pedido con el alcance de las normas legales citadas, de modo que pueda afrontar el juicio por DAÑOS Y PERJUICIOS contra EDUARDO ALBERTO GOMEZ y la citada en garantia RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA, sin el pago de costas u otros gastos judiciales en tanto no mejore de fortuna."
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