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MERELE, SILVIA NATALIA c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la fallo de primera instancia y fijó el monto de condena en $885.434,66, ordenando su actualización conforme intereses y parámetros establecidos, además de establecer costas a la demandada y regular honorarios en porcentajes específicos.

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- La actora, Silvia Natalia Merele, demanda a Galeno Art S.A. por incumplimiento del piso mínimo legal vigente para julio de 2022 y cuestiona los adicionales del crédito en disputa.
- La Cámara decide hacer lugar al recurso de apelación, modificando la sentencia de grado y fijando la condena en $885.434,66, con actualización según índice Ripte y un interés puro del 6% anual desde la fecha del siniestro, además de dejar sin efecto costas y honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala destaca que la compensación mínima tarifada fue fijada por resolución 15/2022 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo en $6.123.338, por lo que la trabajadora tiene derecho a un crédito de $885.434,66 (calculado como $6.123.338 x 12,05 + 20%), y que dicho monto debe ser reajustado conforme al índice Ripte con interés del 6% anual, argumentando que el nominalismo es un principio aceptable para mantener la justicia en contextos de inflación. La sentencia también discute la forma de actualización del capital y la incidencia de la inflación en la economía y en los derechos de los acreedores. La Cámara además deja sin efecto las costas y honorarios en primera instancia, imponiéndolos a la demandada y regulando los honorarios profesionales en porcentajes del 18%, 12% y 5%. La mayoría de los jueces acuerda en que la actualización del monto de condena debe hacerse según los parámetros establecidos, adhiriendo a la propuesta del voto mayoritario, y que la tasa de interés del 6% debe aplicarse desde la fecha del siniestro hasta la liquidación definitiva, con algunos matices respecto a la forma de cálculo y el momento de aplicación, en línea con la jurisprudencia y normativa vigente.

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