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PALERMO PATRICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia definitiva en un expediente de reajustes previsionales, confirmando en parte la decisión y ajustando aspectos relacionados con costas y honorarios, en línea con la normativa vigente y precedentes de la Corte Suprema.

Costas Recurso de apelacion Honorarios Inconstitucionalidad Actualizacion de haberes Movilidad jubilatoria Legislacion social Reajustes previsionales Ley 24.241 Jurisprudencia de la corte suprema.

Actor: Patricia Palermo Demandado: ANSES Objeto: Reajustes varios en beneficios previsionales, actualización del haber, y otros conceptos relacionados con la ley 24.241 y modificaciones posteriores.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó la mayoría de los agravios del actor, confirmó la aplicación de las leyes 27.426 y 27.609 para la actualización de las remuneraciones, y estableció las costas por su orden. Además, revocó parcialmente la sentencia en relación con los honorarios y la regulación de costas en la alzada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte ha señalado que la comparación del haber inicial debe realizarse sobre el total del haber percibido, y la ausencia de reajustes en ciertos componentes no implica confiscatoriedad si se cumple con la normativa legal vigente. La actualización de las remuneraciones debe aplicarse conforme a las leyes 27.426 y 27.609, rechazando la aplicación de precedentes anteriores que consideraban otros índices. La movilidad del haber y la constitucionalidad de los topes y ajustes deben evaluarse al momento del cómputo final, sin reabrir cuestiones constitucionales en etapas tempranas. La declaración de inconstitucionalidad requiere prueba clara y manifiesta de su contradicción con la Constitución, lo cual no ocurrió en este caso. La Corte Suprema ha reconocido la facultad del legislador para moldear el procedimiento de actualización, en línea con el artículo 14 bis. La tasa de sustitución y otros aspectos económicos se ajustan a los criterios jurisprudenciales y normativos vigentes. La aplicación del índice de precios al consumidor (IPC) fue considerada inadmisible en el contexto de la cuestión legal. La demora en la regulación de honorarios y costas fue justificada, y se reguló en función de las actuaciones y la normativa vigente. La alzada impuso costas por su orden y reguló honorarios en un porcentaje del 30% de lo que se regule en la instancia anterior.

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