LEGUIZA MANUEL RICARDO Y OTRO c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La demanda de reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de suplementos creados por el Decreto 491/19 es rechazada, confirmando la decisión de primera instancia que argumenta la incompatibilidad de los suplementos y la existencia de causas previas firmes en las cuales se reconoció el derecho a ciertos suplementos.
- Quién demanda: Manuel Ricardo Leguiza y Ramón del Valle Abdala, personal retirado y/o pensionado de la Policía Federal Argentina.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de los suplementos por "Función Policial Operativa" y "Función de Investigación" creados por el Decreto 491/19, con retroactividad, intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la demanda por incompatibilidad de los suplementos y por estar estas percepciones ya reconocidas en otras causas firmes, en las cuales se ordenó el pago de los suplementos por "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo". La sentencia destaca que los suplementos por "Función de Investigación" y otros son incompatibles y excluyentes entre sí, y que los actores ya han sido beneficiados en causas anteriores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Decreto 491/19 reformuló conceptualmente las funciones operativas y creó el suplemento por 'Función de Investigaciones', diferenciándolo del suplemento por 'Función Policial Operativa'. Sin embargo, la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia ya estableció en el precedente 'Camilo Di Nanno' que los suplementos por funciones policiales operativas, al ser incompatibles entre sí, otorgaron un aumento que debe considerarse en el haber remuneratorio y bonificable. La modificación del Decreto 491/19 no afecta esa naturaleza, y las percepciones del suplemento por 'Función de Investigación' también resultan incompatibles con otros suplementos. Además, las causas en las que se reconoció el derecho a estos suplementos están firmes y en etapa de ejecución, por lo que la demanda debe ser rechazada."
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