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INSTRUMENTO ELECTORAL POR LA UNIDAD POPULAR s/CONTROL DE ESTADO CONTABLE - BALANCE 01/01/2023 AL 31/12/2023

La Cámara Federal de Posadas aprobó el balance 2023 del partido Instrumento Electoral por la Unidad Popular y ordenó su difusión pública, destacando que cumple con los requisitos legales y normativos para el control del financiamiento partidario.

Rendicion de cuentas Fondos publicos Control judicial Camara nacional electoral Fiscalizacion electoral Ley 26.215 Transparencia electoral Control de financiamiento Balances partidarios Publicidad de actos de gobierno


¿Quién es el actor?

Instrumento Electoral por la Unidad Popular

¿A quién se demanda?

Poder Judicial de la Nación (en control judicial)
- Objeto de la demanda: Solicitud de aprobación del balance general del ejercicio económico 2023
- Decisión del tribunal: La Juez Federal de Posadas aprobó el balance presentado, ordenó su difusión pública y dispuso la publicación en medios y en el sitio web del Poder Judicial, además de señalar que se cumplieron los requisitos legales y normativos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia sostiene que “la presentación en cuestión (Balance anual) tiene por finalidad reflejar todos los movimientos económicos y financieros ocurridos en el ejercicio y demostrar cabalmente la situación patrimonial de las agrupaciones”, la cual debe ser “precisa” dado que está en juego el control efectivo sobre la utilización de recursos del erario público (citas a fallos de la Cámara Nacional Electoral). La resolución también destaca que “la aprobación del balance se hace en cumplimiento de la normativa vigente, específicamente la Ley 26.215 y sus modificaciones, y los fallos de la Cámara Nacional Electoral que refuerzan la importancia de la transparencia y rendición de cuentas en las actividades de los partidos políticos”. La jueza señaló que “los informes y la documentación presentada cumplen con los requisitos exigidos y que no existen observaciones sustanciales que impidan su aprobación”, además de recordar que “el artículo 38 de la Constitución Nacional impone a los partidos políticos la obligación de rendir cuentas a la Nación”.

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