MARINI CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social en Sala 1 resolvió confirmar parcialmente la sentencia de primera instancia, rechazando los agravios relativos a la actualización de haberes previsionales, la constitucionalidad de leyes y decretos, y la exención del impuesto a las ganancias, manteniendo la validez de las normas y su aplicación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora demanda la actualización del monto de su beneficio previsional, reclamando diferencias por la aplicación de índices de movilidad y actualización salarial. La Cámara revoca parcialmente la sentencia de primera instancia en relación con la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, y confirma la validez de las leyes 26.417, 27.426 y 27.609, entre otras, en su aplicación a los beneficios previsionales. La Sala sostiene que la ley 27.426, al modificar índices ya devengados, legisla retroactivamente, pero dicha retroactividad no afecta derechos constitucionales porque el derecho del beneficiario a la movilidad se incorpora a su patrimonio en el momento en que se le abona, en marzo de 2018. La sentencia también analiza la constitucionalidad de los decretos y leyes que regulan la movilidad, concluyendo que su aplicación no vulnera el art. 14 bis ni derechos de propiedad, y que las leyes de emergencia, como la 27.541, son constitucionales. La Cámara destaca que la aplicación de los índices y las fórmulas de movilidad, aunque tengan carácter retroactivo, no generan confiscación ni vulneran derechos fundamentales, y que la ley 27.609, en vigor desde enero de 2021, regula la movilidad de manera que respeta la Constitución. La disidencia parcial del juez Cammarata sostiene que la aplicación retroactiva de la ley 27.426 implica una afectación confiscatoria al beneficiario, vulnerando derechos constitucionales, por lo que considera que la norma debería declararse inconstitucional. La mayoría, en cambio, mantiene la constitucionalidad y rechaza los agravios.
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