REBORI, PABLO DANIEL c/ LIMARDO, DANIEL JOSE Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara revoca la sentencia de grado y rechaza la demanda de daños y perjuicios, atribuyendo responsabilidad al conductor de la motocicleta por intentar sobrepasar por la derecha en situación de infracción. La decisión se basa en la prueba pericial y denuncia de siniestro, considerando que la motocicleta avanzó por un lugar inapropiado y impactó con la puerta del pasajero del lado derecho del taxi.
Actor: Pablo Daniel Rebori Demandado: Daniel José Limardo y otra parte (propietario del taxi) Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, incluyendo incapacidad, daño moral y tratamiento futuro, por un monto de $11.118.183 más intereses y costas. Decisión: La Cámara revoca la sentencia de grado y rechaza la demanda, atribuyendo la responsabilidad del accidente al conductor de la motocicleta por intentar sobrepasar por la derecha en circunstancias que la puerta del taxi se abrió en un lugar donde no transitaban vehículos. La responsabilidad del conductor del taxi se desestima por no ser responsable del impacto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“El caso debe encuadrarse en la responsabilidad por riesgo o vicio de la cosa, siendo la responsabilidad objetiva. La prueba aportada, principalmente el croquis y denuncia de siniestro, indica que la motocicleta pretendió sobrepasar por la derecha en un lugar donde no era seguro, impactando con la puerta del pasajero. La jurisprudencia del fallo plenario “Valdez” establece que en colisiones de vehículos en movimiento la responsabilidad es objetiva, y el responsable debe demostrar causa ajena para eximir su responsabilidad. La prueba testimonial no aportada no altera la conclusión basada en el dictamen pericial y documentación. La conducta del motociclista fue infractora y responsable del daño, por lo que corresponde rechazar la demanda y ordenar las costas a la actora.”
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