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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en TAIGUAN, CESAR GASTON Y OTROS CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deniega el recurso de queja contra la sentencia que rechazó el recurso extraordinario federal presentado por el GCBA en un planteo de inconstitucionalidad relacionado con empleo público y diferencias salariales. La decisión se fundamenta en la inexistencia de cuestión federal y en la improcedencia de la vía extraordinaria para los agravios invocados.

Recurso extraordinario federal Remuneracion Relacion directa Empleo publico Profesionales de la salud Personal de enfermeria Cuestion no federal Adicionales de remuneracion Adicional por actividad critica


¿Quién es el actor?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de queja contra la sentencia que rechazó su recurso extraordinario federal, argumentando violaciones a derechos constitucionales y cuestiones de inconstitucionalidad en el ámbito del empleo público.

¿Qué se resolvió?

Se deniega el recurso de queja y se confirma la decisión de rechazar el recurso extraordinario, considerando que no se configuró una cuestión federal que habilite la intervención del tribunal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal señala que "el GCBA no demuestra la configuración en el caso de una cuestión federal que habilite la intervención de la CSJN (cf. el art. 14 de la ley 48)". Se indica que "las cuestiones que el GCBA pretende llevar a consideración de la CSJN resultan propias de los jueces de la causa y en principio ajenas al trámite del recurso intentado (Fallos: 295:548, 300:468, 301:449, 302:175, 330:4770, entre otros)". Respecto al planteo de arbitrariedad, el tribunal afirma que "no corresponde al tribunal emisor del fallo pronunciarse al respecto para mejorar su pronunciamiento" y que "la doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto convertir a la Corte en un tribunal de tercera instancia, sino que atiende a cubrir casos de carácter excepcional en los que, deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo, impidan considerar el pronunciamiento como fundado en ley". Finalmente, se sostiene que "la doctrina de la gravedad institucional genéricamente alegada por el GCBA tampoco autoriza la apertura de esta instancia extraordinaria", dado que esa doctrina "sólo faculta a prescindir de ciertos requisitos formales, pero no a suplir la inexistencia de cuestión federal".

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