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CARBALLO VIRGINIA MARIELA C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/REGULACION DE HONORARIOS

La Cámara del Trabajo de Zárate Campana resolvió rechazar la regulación de honorarios profesionales de la letrada en un expediente administrativo de comisiones médicas, considerando que la actuación fue oficiosa y no proceden honorarios a cargo de la demandada.

Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Riesgos del trabajo Comision medica Csjn Actuacion profesional Ley 27348 Tribunal laboral Actividad oficiosa Normativa srt 298/17

¿Qué se resolvió en el fallo?

La letrada Carballo Virginia Mariela solicitó la regulación de honorarios por tareas profesionales en un expediente administrativo iniciado por Christian Ariel Castiglioni contra la ART OMINT. La demandada argumentó que la actuación fue inoficiosa y que, conforme a la resolución SRT 298/17 y la ley 27348, la actividad del letrado en estas instancias es oficiosa, sin derecho a honorarios. La sentencia analiza los antecedentes y la normativa aplicable, concluyendo que no existe prueba de que la actuación del letrado haya sido oficiosa, ya que realizó presentaciones dentro del expediente administrativo. Además, cita doctrina de la CSJN que respalda que toda actuación en el expediente administrativo por parte del letrado es oficiosa, por lo que no corresponde regulación de honorarios. La mayoría del tribunal rechaza la solicitud de honorarios y ordena las costas por su orden. La jueza Mariana L. Lirusso disiente en cuanto al alcance de la expresión actividad inoficiosa, argumentando que la letrada realizó gestiones dentro del expediente, por lo que su actividad no fue inacción absoluta.

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