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VERON FERNANDO DAMIAN C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Laboral de San Miguel confirmó la sentencia de primera instancia, condenando a la ART a pagar la indemnización por incapacidad y costas, fundamentando su decisión en la aplicación de la ley 24.557 y en el análisis probatorio, en particular las pericias médica y psicológica.

Pericia medica Incapacidad laboral Accidente de trabajo Pericia psicologica Responsabilidad art Revision de resolucion administrativa Ley 24.557

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Fernando Damián Verón, demanda a la ART Prevensión por la acción de revisión de resolución administrativa tras un siniestro ocurrido el 21/06/2022, en el que sufrió traumatismos en rodilla, tobillo y hombro izquierdo tras un accidente de tránsito vinculado a su trabajo. La demanda reclama una incapacidad del 30%, pero la pericia médica concluye una incapacidad parcial y permanente del 4,6%, mientras que la psicológica determina la inexistencia de daño psíquico. La sentencia de primera instancia y la Cámara ratifican que la discapacidad física, conforme las pericias, es del 4,6%, y que no hay daño psíquico que justifique mayor porcentaje. La resolución respeta la normativa vigente, la jurisprudencia y el principio de valoración integral de las pruebas. Se condena a la ART a abonar la suma de $277.999,54, con intereses y actualización según IPC, y costas a la demandada. Fundamentos principales: "El perito médico constató en el actor las secuelas denunciadas, calificando la incapacidad física como del 4,6%, con base en el Baremo de la Ley 24.557, y que las lesiones en el hombro, rodilla y tobillo son de carácter permanente, aunque con posibilidad de tratamiento para mejorar la funcionalidad. La pericia psicológica, en cambio, concluye que no existe daño psicológico derivado del siniestro, por lo que no se atribuye incapacidad en esa esfera. La valoración de las pruebas, en conjunto, permite confirmar la existencia de una incapacidad parcial y permanente del 4,6%, que resulta acorde con los informes periciales y la normativa aplicable." "En cuanto a la responsabilidad de la ART, se considera que ha cumplido con las prestaciones médicas y que la responsabilidad del pago de la indemnización surge de la relación contractual y del reconocimiento del siniestro como accidente laboral, por lo que procede la condena en los términos solicitados." "El monto indemnizatorio se determina en función del porcentaje de incapacidad y del ingreso base actualizado, aplicando el interés del 6% anual desde la fecha de ocurrencia del siniestro, y la actualización según IPC, en línea con la jurisprudencia y la normativa vigente en la materia."

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