SIERRA LORENA RAQUEL C/ CLINICA PRIVADA INSTITUTO DOMINICO S.A. Y OTROS S/ DESPIDO
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso por despido, considerando que la conciliación no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal. La homologación se basó en que el convenio respeta los derechos de las partes, incluye penalidades por incumplimiento y regula costas y honorarios en línea con la ley laboral y civil.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Lorena Raquel Sierra, promovió un proceso por despido contra la Clínica Privada Instituto Domicilio S.A. y otros demandados. Las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio en audiencia el 04/09/2025, que fue presentado para su homologación. La jueza Cáceres expresó que la conciliación respeta los principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses, en línea con los arts. 12, 15 y 30 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y la ley 15.057. La resolución destaca que la conciliación favorece la celeridad procesal y que las partes pactaron cláusulas respecto a mora, penalidades, costas, honorarios y aportes previsionales, que fueron considerados proporcionales y adecuados. La homologación incluye además la regulación de honorarios, costos y honorarios de peritos, estableciendo los montos y condiciones de pago, así como la imposición de costas a cargo de los demandados y la autorización para el depósito de fondos en las cuentas correspondientes.
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