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ARCODIA VALERIA FABIANA C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

La Cámara de La Plata confirmó el reconocimiento del derecho de la actora a percibir la bonificación por antigüedad al 3% para todos los años laborados, invalidando la reducción normativa por considerarla inconstitucional y vulneratoria del principio de progresividad y de igualdad.

Prescripcion Inconstitucionalidad Igualdad Derechos laborales Principio de progresividad Reduccion salarial Pago retroactivo Bonificacion antiguedad Argentina. Revision de leyes


- Quién demanda: ARCODIA VALERIA FABIANA

¿A quién se demanda?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del derecho a la liquidación de la bonificación por antigüedad en un 3% para todos los años laborados, por la inconstitucionalidad de leyes y decretos que redujeron o eliminaron dicho porcentaje.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda y se reconoce el derecho de la actora a que se liquide y pague la bonificación por antigüedad en un 3%, desde la interposición de la demanda o reclamo administrativo, con aplicación de intereses y actualización. La sentencia fundamenta que las normativas cuestionadas implicaron una reducción salarial que vulnera los derechos constitucionales de igualdad, propiedad y progresividad, y que las medidas adoptadas no cumplen con los requisitos de excepcionalidad y temporalidad para ser constitucionalmente válidas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia destaca que las leyes 11.739, 11.905, y la ley 13.354, junto con el decreto 240/96, implicaron una disminución de las remuneraciones, excluyendo a los magistrados por protección constitucional, pero afectando derechos de otros agentes públicos. Se recuerda que la reducción de salarios debe cumplir requisitos como situación excepcional, carácter transitorio y no confiscatoriedad, condiciones que no se verifican en estos casos. Se invoca el principio de progresividad y la prohibición de regresividad, concluyendo que la reducción de la bonificación en el tiempo constituye un retroceso inconstitucional. Además, se rechaza la excepción de prescripción por tratarse de un hecho continuado en el tiempo, y se ordena el pago retroactivo con intereses. La sentencia también señala que la ley proyectada para restituir el 3% fue presentada en el Congreso, pero aún no sancionada.

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