DEVOTO LUCIANO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La Cámara de La Plata hizo lugar a la demanda de Luciano Devoto y ordenó el reconocimiento de la liquidación de la bonificación por antigüedad en un 3%, por considerarse inconstitucionales las normativas que la reducían o eliminaban, argumentando que ello constituye un retroceso en derechos adquiridos y viola la protección constitucional de progresividad y no regresividad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue presentada por Luciano Devoto contra la Provincia de Buenos Aires y el Poder Judicial de la provincia, solicitando el reconocimiento de su derecho a que se liquide y abone la bonificación por antigüedad en un 3% sobre todos los años de servicios prestados, incluyendo retroactividad y con intereses. La parte demandada argumentó que las modificaciones normativas que redujeron o suspendieron esa bonificación durante ciertos períodos no vulneran derechos constitucionales, ya que la legislación y doctrina reconocen la facultad del Estado para modificar salarios y beneficios públicos, y que no existe un derecho adquirido a mantener un porcentaje fijo en el tiempo. La Cámara, tras analizar las leyes y decretos en cuestión, concluyó que dichas modificaciones implicaron una reducción salarial, vulnerando los principios de progresividad y no regresividad en derechos laborales, protegidos constitucionalmente y por tratados internacionales. La decisión se fundamenta en que las medidas adoptadas no respondieron a una situación de emergencia, y su extensión en el tiempo constituye un retroceso que viola la cláusula de igualdad y el principio de protección de derechos adquiridos. Se rechaza la prescripción alegada por la demandada, dado el carácter continuado del hecho y la persistencia del incumplimiento. La Cámara ordena que se reconozca y liquide la bonificación en un 3% respecto de todos los años, con intereses y tasas aplicables, y que se hagan costas a la parte demandada.
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