MENDEZ LUIS ALFREDO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO POR MORA
La Justicia Contencioso Administrativa de La Plata ordenó al Ministerio de Seguridad que despache el reclamo del policía herido, constatando la existencia de mora en su trámite y ordenando la emisión de acto administrativo en un plazo de 20 días hábiles.
Quién demanda: MENDEZ LUIS ALFREDO, policía herido en acto de servicio.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, MINISTERIO DE SEGURIDAD.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
El pago del subsidio por mora en trámite administrativo y la declaración de mora administrativa en la gestión del reclamo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a la acción de amparo por mora y ordenó al Ministerio de Seguridad que despache el reclamo en un plazo de 20 días, además de imponer las costas a la parte vencida. Fundamentos principales de la decisión: "Que la demandada si bien ha producido el informe requerido, el mismo resulta insuficiente para justificar la morosidad denunciada por el accionante en el trámite de su reclamo, configurándose la mora administrativa esgrimida en el escrito postulatorio." "De las constancias obrantes en la causa, observo que las actuaciones administrativas cuya mora se reclama se encuentran en la Dirección de Análisis de Gastos Liquidación de Gastos e Inversiones desde el 30 de junio de 2025, habiendo transcurrido casi dos meses desde el último movimiento, y más de un año desde el inicio de las mismas, sin que a la fecha la demandada se haya expedido al respecto." "En virtud de lo dispuesto por los arts. 76 del CCA y 77 del Dec. Ley 7647/70, se considera que se encuentra configurada la mora administrativa, la cual obliga a la administración a pronunciarse en tiempo oportuno, bajo pena de incurrir en responsabilidad." "El derecho del administrado a obtener respuestas claras y en tiempo oportuno, por parte de la administración, implica una obligación expresa de la misma de expedirse mediante un acto administrativo."
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