ALONSO ALVARO HUGO C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO POR MORA
La Justicia ordenó al Instituto de Previsión Social a resolver en 30 días un expediente administrativo en mora, rechazando la demora administrativa y garantizando el derecho a una respuesta en tiempo razonable. La sentencia impone costas y regula honorarios.
- Quién demanda: Álvaro Hugo Alonso
¿A quién se demanda?
Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de amparo por mora para que el organismo resuelva expediente administrativo número 021557-678607-0-25-000, solicitando respuesta en plazo de 30 días.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo por mora, ordenando al ISSBA a que despache el expediente en el plazo de 30 días, bajo apercibimiento de sanciones. Además, se impusieron costas a la demandada y se reguló honorarios profesionales en 5 unidades arancelarias Jus más 10% de aporte legal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Conforme a los arts. 76 del CCA y 77 del Dec. Ley 7647/70, se advierte que la demandada no ha dado curso a las actuaciones administrativas en tiempo legal, reconociendo expresamente el retardo y sin justificar la demora. La ley de procedimiento administrativo de la provincia establece que los plazos son obligatorios y que el impulso del trámite debe ser de oficio (arts. 48, 50, 80 del Dec. Ley 7647/70). La demora en el despacho del expediente vulnera derechos constitucionales y principios de celeridad y razonabilidad, por lo que corresponde acoger la acción, ordenando a la autoridad a resolver en 30 días, bajo apercibimiento." "Se evidencia que la demora excedió el plazo legal, configurando la mora administrativa, y que la acción de amparo es procedente para garantizar el derecho del administrado a una respuesta en tiempo razonable." "Las costas del proceso se imponen a la parte vencida y se regula honorarios en las condiciones establecidas."
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