PAZ MARIA DEL CARMEN C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL BS. AS. S/ AMPARO POR MORA
La Cámara confirmó la sentencia que ordena al Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires a expedirse en 15 días sobre la reclamada pensión, por mora en la resolución administrativa, y rechazó los agravios de la entidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María del Carmen Paz, promueve un amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social, solicitando que se dicte orden de pronto despacho en las actuaciones administrativas que inició el 31/03/2025 para obtener una pensión. La administración no se expidió en plazo, por lo que solicita la protección judicial. El tribunal analiza si existió mora, destacando que los plazos administrativos son obligatorios y que la demora sin justificación vulnera principios de debido proceso y garantías de defensa. La sentencia concluye que la plazo legal ha sido vencido sin causa justificada, por lo que hace lugar a la acción de amparo, ordenando a la autoridad demandada a resolver en 15 días. Además, impone las costas a la demandada y regula honorarios. La Cámara confirma la decisión de primera instancia, resaltando que la finalidad del proceso es garantizar la celeridad ante la demora injustificada, y que la autoridad administrativa incumplió los plazos previstos en la normativa vigente.
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