REYNOSO SUSANA BEATRIZ C/ CASAFUS CLAUDIA ELENA S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
La sentencia de primera instancia ordena el desalojo del inmueble en respuesta a la demanda por desalojo promovida por los actores. La Cámara hace lugar a la demanda y condena a la demandada a desalojar en 10 días, manteniendo la condena y costas.
Quién demanda: REYNOSO SUSANA BEATRIZ y CARLOS DANIEL LONGOBARDO.
¿A quién se demanda?
CASAFUS CLAUDIA ELENA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Desalojo del inmueble sito en la calle Tucumán 2665 Planta Baja Frente, Partido de Lanús, Provincia de Buenos Aires.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a la demanda, condenando a la demandada a desalojar el inmueble en el plazo de 10 días, con costas.
Fundamentos principales de la decisión:
- La notificación del emplazamiento genera la obligación de comparecer y tomar la intervención correspondiente, presumiéndose con su incomparecencia una tácita admisión de los hechos afirmados por la actora y el reconocimiento de la documentación acompañada (arts. 353, 59, 60, 61, 354 del C.P.C.; arts. 1883, 1941 y cc. del C.C.C.N.).
- La demandada no compareció a estar a derecho, fue declarada en rebeldía, y no presentó hechos controvertidos, por lo que se declaró la cuestión como de puro derecho.
- La documentación acompañada se tiene por reconocida, respaldando la pretensión de la actora.
- Se imponen las costas a la demandada vencida, sin mérito para apartarse del principio de derrota.
- La sentencia ordena el desalojo en 10 días, bajo apercibimiento de lanzamiento.
- Se informa sobre la protección de datos personales en la publicación de registros, conforme a la normativa aplicable.
- La resolución es definitiva y se registra y notifica a las partes.
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