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ABIUSO CARLOS OMAR C/ BARAN DOMINGA Y OTRO S/ ESCRITURACION

La sentencia ordena la escrituración de un inmueble por incumplimiento de la obligación asumida en boleto de compraventa. La Cámara confirma la decisión de primera instancia y condena a los demandados a otorgar la escritura en 30 días, considerando la declaración de rebeldía y la prueba documental presentada.

Recurso de apelacion Incumplimiento contractual Rebeldia Boleto de compraventa Obligacion de hacer Bienes inmuebles Orden judicial Buenos aires. Accion de escrituracion Dano moral y patrimonial

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Carlos Omar Abiuso, demanda a los demandados, Baran Dominga y Frangella Amadeo, por incumplimiento de la obligación de escriturar un inmueble ubicado en Villa Gesell, tras haber suscripto un boleto de compraventa el 5/11/2014, por el cual pagó $66.000 y en el que los demandados se comprometieron a otorgar la escritura traslativa del dominio en un plazo que venció el 05/11/2015. La parte actora acompaña el boleto y prueba el pago total del precio. La defensa, por su rebeldía, no controvirtió los hechos, por lo que se presume la veracidad de los extremos denunciados. El tribunal considera probado el vínculo contractual y el incumplimiento de la obligación de escriturar y, en consecuencia, hace lugar a la demanda, ordenando a los demandados que en 30 días otorguen la escritura o, en su defecto, resuelva en daños y perjuicios. La sentencia también impone las costas a la parte vencida.

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