VITERRA ARGENTINA SA (TF 28006500-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revoca la decisión del Tribunal Fiscal de la Nación y declara la inconstitucionalidad de los derechos de exportación fijados por el decreto 1719/12, reconociendo el derecho de Viterra a la devolución de las cantidades pagadas en exceso. La decisión se fundamenta en que dicho decreto no fue ratificado legislativamente y vulnera el principio de legalidad tributaria, además de invalidar el aumento de la alícuota del 5% al 23,63% por considerarlo fuera del marco legal.
¿Quién es el actor?
Viterra Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas (DGA) y en el contexto, el Fisco Nacional.
- Objeto de la demanda: Reclamación de devolución de derechos de exportación abonados en demasía y cuestionamiento de la constitucionalidad y legalidad del decreto 1719/12 que elevó la alícuota del 5% al 23,63%.
- Decisión del tribunal: La Cámara revoca la resolución del Tribunal Fiscal y declara la invalidez del derecho de exportación establecido sin sustento legal, además de reconocer el derecho de la actora a la devolución de los importes pagados en exceso, con intereses desde el 20/11/2018 y las costas a cargo del Fisco.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala destaca que los tributos deben establecerse mediante ley formal, y que el decreto 1719/12, que modificó la alícuota del derecho de exportación, no fue ratificado legislativamente y no responde a una delegación legislativa válida, por lo que es inconstitucional. Se cita doctrina de la CSJ en “Camaronera Patagónica” y otros precedentes, y se resalta que los tributos requieren una base legal clara y expresa. La Sala también analizó la constitucionalidad de las tasas de interés, admitiendo la tasa pasiva promedio del BCRA hasta el 31/07/2019 y la prevista en normas posteriores.
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