MIQUEL Y COSTAS ARGENTINA SA (TF 39043-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la inadmisibilidad del recurso extraordinario federal del Fisco Nacional contra la sentencia que anuló una resolución del Tribunal Fiscal. La decisión se fundamenta en la inexistencia de cuestionamientos que justifiquen la excepción de arbitrariedad y en que los agravios remitían a cuestiones de hecho y derecho común, ajenas a la instancia extraordinaria.
- Quién demanda: El Fisco Nacional
¿A quién se demanda?
La sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la nulidad de la resolución DE PRLA 1915/18
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró inadmisible el recurso extraordinario federal por considerar que los agravios no cumplen con los requisitos del art. 14 de la ley 48
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala sostuvo que el recurso resulta inadmisible porque los agravios remitían al examen de cuestiones de hecho y prueba y de derecho común, materias ajenas a la instancia extraordinaria prevista en la ley 48; asimismo, no basta con alegar la existencia de cuestiones federales basadas en garantías constitucionales cercenadas, sin fundamentar adecuadamente la arbitrariedad. La Corte Suprema ha señalado que la invocación de arbitrariedad requiere que la decisión judicial presente "grosseras deficiencias lógicas o una total ausencia de fundamento normativo", lo cual no sucede en este caso, dado que el recurrente sólo manifestó desacuerdo sin demostrar que la sentencia carezca de fundamentación legal o que sea una derivación irracional del derecho. La Cámara concluyó que no se configuraron los presupuestos del art. 14 de la ley 48 y, por ende, rechazó el recurso con costas.
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