ROMERO, LUCIA SILVINA s/ HOMICIDIO CALIFICADO
La Cámara de Apelaciones de Ejecución Penal y Supervisión Carcelaria revoca la orden de internación provisoria con custodia policial dictada en primera instancia y dispone que la internación de la imputada se mantenga conforme a los criterios médicos y bajo supervisión del órgano de derechos en salud mental.
Actor: Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Santa Fe, a través de su representante José Manuel de Olazabal y otros funcionarios. Demandado: Tribunal de Primera Instancia, específicamente la resolución del juez Hernán Postma. Objeto: La revocación de la orden de internación provisoria con custodia policial de Lucía Silvina Romero. Decisión: La Cámara de Apelación revoca la orden de custodia policial durante la internación de Romero, manteniendo la internación conforme a criterios médicos y bajo supervisión del órgano de derechos en salud mental, en línea con la normativa legal vigente. Fundamentos: "El artículo 48 de la Ley 14.243 establece que toda internación por razones de salud mental en un efector externo implica la suspensión de la ejecución de la pena o de la prisión preventiva y el cese de la custodia penitenciaria o policial. La resolución recurrida, que ordenó una internación con custodia, se aparta de dicha normativa sin justificación válida y constituye una arbitrariedad por defecto de fundamentación. La ley y la jurisprudencia de la CSJN indican que las internaciones en efectores externos deben realizarse sin custodia policial, salvo excepciones que en este caso no están acreditadas. La situación actual de Romero, según informes médicos, no requiere custodia policial, por lo que la medida adoptada resulta desproporcionada y contraria a los derechos del imputado." El tribunal además ordena que la situación de Romero quede bajo la supervisión del Órgano de Revisión y Promoción de los Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud Mental y que cualquier cambio en su estado clínico sea informado de inmediato.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: