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Recurso Queja Nº 2 - DENUNCIADO: BANCO MACRO S.A. Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.769 DENUNCIANTE: AFIP - DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA Y OTRO

La Cámara Federal de Casación Penal revocó la decisión que sobreseyó a los imputados en causa por delitos tributarios, confirmando la inexistencia de delito por la conducta de empleados infieles del Banco Macro, y sostuvo que la maniobra fraudulenta no es atribuible al banco ni a sus directivos.

Recurso de casacion Sobreseimiento Maniobra fraudulenta Responsabilidad del banco Atipicidad Responsabilidad penal Delitos tributarios Responsabilidad del estado. Defraudacion interna Responsabilidad de empleados

Actor: AFIP
- Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) Demandado: Banco Macro S.A. y otros imputados Objeto: La existencia de delitos tributarios relacionados con maniobras fraudulentas y evasión impositiva, y la declaración de responsabilidad penal de los imputados. Decisión: La Cámara hizo lugar al recurso de casación de la defensa, anuló la resolución que revocó el sobreseimiento y confirmó la sobreseimiento del Banco Macro y sus directivos, sosteniendo que la conducta delictiva fue atribuible a empleados infieles, sin responsabilidad del banco ni sus directivos, y que los hechos no encuadran en una figura legal delictiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala consideró que la maniobra defraudatoria fue realizada por empleados infieles y no por la institución bancaria, que no se probó que el banco haya tenido dolo o responsabilidad penal, y que las acciones de los empleados fueron independientes del control institucional del banco. Además, se destacó que las facturas y operaciones no estaban vinculadas a una conducta institucional del banco, y que la existencia de una maniobra fraudulenta por parte de empleados no implica responsabilidad penal del banco. La sentencia también resaltó que la AFIP no probó la existencia de un hecho ilícito "totalmente evidente e indubitable" al momento del fallo, y que la certificación del estado del proceso penal paralelo no estaba en el expediente, por lo que la base fáctica para mantener el sobreseimiento era insuficiente. La Cámara concluyó que la causa se encontraba en situación de atipicidad y que la actuación de la AFIP no puede sostenerse sin una sentencia firme que acredite el delito, por lo que correspondía mantener el sobreseimiento.

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