Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: SALINAS, DAVID EXEQUIEL Y OTRO s/ROBO DAMNIFICADO: OBREGON VELAZQUEZ, JOAQUIN
La Cámara Oral en lo Criminal y Correccional N° 3 de la Capital Federal confirmó la sentencia que condenó a los imputados por el delito de robo simple en grado de tentativa, manteniendo la pena de cuatro meses de prisión en suspenso para Jaime y efectiva para Salinas, y las condiciones impuestas.
- Quién demanda: No aplica, es una sentencia.
¿A quién se demanda?
No aplica.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
No hay una reclamación, sino la resolución de la causa.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena a Jonatan Javier Jaime y David Exequiel Salinas por el delito de robo simple en grado de tentativa, con penas de cuatro meses de prisión para ambos, en suspenso para Jaime y efectiva para Salinas, además de las condiciones de fijar residencia y someterse a control.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara valoró la prueba testimonial, pericial y documental que acreditó la materialidad del hecho y la responsabilidad penal de los imputados. Se sostuvo que "todas las probanzas colectadas en autos y reseñadas precedentemente, valoradas de acuerdo a las reglas de la sana crítica, conforman un sólido cuadro probatorio que permite tener por acreditada no sólo la materialidad del hecho, sino también la participación y consecuente responsabilidad criminal de los procesados, que ha venido a corroborar el liso y llano reconocimiento por ellos efectuado." La responsabilidad de ambos fue reconocida por los propios imputados en la videoconferencia. La sentencia también consideró la naturaleza del hecho, la conducta dolosa y la participación en plan común, calificando el delito como tentativa, en virtud de la recuperación casi inmediata de los espejos retrovisores. La Cámara negó la existencia de causales de justificación y confirmó la imposición de la pena, ajustada a los parámetros legales y a las circunstancias del caso. Se valoró además la atenuación por reconocimiento y la presencia de agravantes como nocturnidad y antecedentes en el caso de Salinas.
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