Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BILLORDO, FEDERICO EZEQUIEL s/ENCUBRIMIENTO (ART.278) DAMNIFICADO: DOUELLE, ESTEBAN HUGO
La Cámara confirmó la condena de un año de prisión efectiva y la pena unificada de tres años por encubrimiento agravado, además revocó la condicionalidad de la condena anterior y ordenó prisión domiciliaria por cuidado de su hija menor.
¿Quién es el actor?
Fiscalía y partes acusadoras
¿A quién se demanda?
Federico Ezequiel Billordo
- Objeto de la demanda: Responsabilidad penal por encubrimiento agravado por el ánimo de lucro y unificación de penas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena de un año de prisión efectiva y la pena unificada de tres años de prisión e inhabilitación para portar armas, revocando la condicionalidad de la condena anterior y ordenando cumplimiento en prisión domiciliaria por cuidado familiar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la conducta del imputado, quien adquirió y vendió una patineta sustraída con conocimiento de su origen ilícito y con ánimo de lucro, constituye el delito de encubrimiento agravado, en calidad de autor. La prueba documental y testimonial, en particular los informes policiales y las declaraciones del damnificado, respaldan la reconocimiento del hecho. Se valoraron además las condiciones personales del imputado, su convivencia con una hija de 4 meses y la detención en la causa anterior, para fundamentar la prisión domiciliaria. La sentencia destaca que "la acción desplegada por el imputado resulta constitutiva del delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro, en calidad de autor (arts. 45 y 277 incisos 1 'c' y 3 'b' del Código Penal). La conducta del imputado, que adquirió y vendió la patineta sustraída, revela la intención de lucro y conocimiento del origen ilícito del objeto."
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