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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: COGIONIS, ALDANA DENIS ANABELA s/HURTO DENUNCIANTE: MORINIGO, DOMINGA SOLEDAD

La Cámara confirmó la condena de dos meses de prisión y declaró la reincidencia de la imputada en un delito de hurto simple, manteniendo la pena impuesta por el tribunal de primera instancia. La decisión se fundamentó en la prueba probatoria que acreditó la participación de la imputada en el hecho delictivo.

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- Quién demanda: No especificado (recurso presentado por la defensa de la imputada).

¿A quién se demanda?

No especificado (recurso contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°5).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la sentencia condenatoria, solicitando su revocación o modificación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional N°5 confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a Aldana Denis Anabela Cogionis a dos meses de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de hurto simple, manteniendo la declaración de reincidencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara valoró las declaraciones testimoniales, las actas de detención y secuestro, el informe médico legal y las fotografías secuestradas, concluyendo que toda la prueba reseñada conforma un cuadro de cargo contundente que permite afirmar la autoría de la imputada en el evento delictivo. Se destacó que la conducta de la imputada, que se apoderó ilegítimamente de nueve buzos del local, quedó acreditada y que actuó con dolo, aprovechando que las prendas estaban fuera del rango de visión de la empleada. La declaración de la imputada, en la indagatoria, fue de conformidad con lo dispuesto por el art. 431 bis del CPPN, ratificando la existencia del hecho y su intervención. La sentencia se fundamentó además en que no hay causas de justificación ni inculpabilidad que tornen lícita la conducta. La pena impuesta fue graduada conforme a las pautas de los arts. 40 y 41 del CP, teniendo en cuenta las circunstancias personales de la imputada y la reiteración delictiva, y se declaró la reincidencia en base a antecedentes anteriores.

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