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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PARE, MARTÍN ANDRÉS s/COACCION (ART. 149 BIS), PRIVACION ILEGAL LIBERTAD AGRAVADA ART 142 INC 5 y LESIONES AGRAVADAS

La Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la condena de tres años de prisión en suspenso por lesiones leves agravadas en contexto de violencia de género y amenazas coactivas, tras analizar la prueba y la perspectiva de género, y mantuvo las medidas de protección y reglas de conducta impuestas.

Perspectiva de genero Violencia de genero Medidas de proteccion Lesiones leves agravadas Amenazas coactivas Violencia intrafamiliar Juicio abreviado Responsabilidad penal Suspension de condena. Femicidio en grado de tentativa


- Quién demanda: La Fiscalía General y la víctima, Marta Angélica Fernández Moreno

¿A quién se demanda?

Martín Andrés Pare

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La responsabilidad penal del imputado por hechos de violencia de género, lesiones leves agravadas y amenazas coactivas, y la imposición de penas y medidas de protección.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al recurso de apelación, confirmó la condena y las medidas de seguridad y protección, y rechazó la hipótesis de tentativa de homicidio por falta de dolo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara analizó la evidencia probatoria, incluyendo testimonios, informes médicos y periciales, y resaltó la coherencia y veracidad de la víctima, así como la credibilidad del relato y la valoración de la prueba. Se destacó la existencia de un ciclo de violencia y la naturalización de la violencia por parte de la víctima, así como la importancia de aplicar una perspectiva de género en la valoración del caso, en línea con los estándares internacionales y nacionales. La Cámara también consideró que las amenazas y la violencia física generaron un menoscabo en la libertad de decisión de la víctima, y que la conducta del imputado encuadra en los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y violencia de género, y amenazas, en concurso real. La pena de tres años en suspenso fue considerada proporcional a la gravedad de los hechos y a la personalidad del acusado, con reglas de conducta y medidas de protección, y se ordenó la libertad del imputado, con control y seguimiento.

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