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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PUIG, GUSTAVO ALEJANDRO Y OTRO s/LESIONES LEVES (ART.89) y COACCION (ART. 149 BIS) DENUNCIANTE: OFICINA DE VIOLENCIA DOMESTICA Y OTRO

La Cámara confirmó la condena de dos años de prisión de efectivo cumplimiento por amenazas coactivas y unificación con la pena previa, rechazando los agravios y manteniendo la sentencia de primera instancia basada en la prueba y los fundamentos del tribunal.

Prueba testimonial Violencia de genero Sentencia confirmada Amenazas coactivas Responsabilidad penal Unificacion de penas Condena efectiva Delito de amenazas Camara de apelacion Causas acumuladas.


¿Quién es el actor?

La Fiscalía y la víctima Rocío Belén Pintos.

¿A quién se demanda?

Gustavo Alejandro Puig.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La sanción por delitos de amenazas coactivas y la unificación de penas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la condena de dos años de prisión de efectivo cumplimiento y la unificación con la pena previa de 2 años y 6 meses, manteniendo la decisión del tribunal de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara valoró los testimonios, particularmente el de Rocío Pintos, quien relató que Puig le dijo que la iba a matar si enojaba al hijo, comportándose como autor del delito de amenazas coactivas. Se verificó que el hecho resulta constitutivo del tipo penal, sin causas de justificación, y se consideró adecuada la pena mínima de dos años, ajustada a la culpabilidad del imputado, con antecedentes condenatorios. La unificación de penas fue considerada adecuada y proporcional, con la pena final establecida en dos años y seis meses, de cumplimiento efectivo. La Cámara también ordenó la consulta a la víctima en los términos del art. 11 bis de la ley 24.660.

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