Principal en Tribunal Oral TO03 - IMPUTADO: GALLARDO, JAVIER NAHUEL Y OTRO s/ROBO EN POBLADO Y EN BANDA
La Cámara confirmó la condena a Javier Nahuel Gallardo y Santiago Ezequiel Miglioranza por el delito de robo agravado, manteniendo las penas y las condiciones de cumplimiento, fundamentando la proporcionalidad y la aplicación de la reincidencia en base a la gravedad del hecho y antecedentes.
- Quién demanda: La Fiscalía y en representación de la víctima.
¿A quién se demanda?
Javier Nahuel Gallardo y Santiago Ezequiel Miglioranza.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La condena por el delito de robo agravado en poblado y en banda, con participación de menor de edad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia condenatoria, imponiendo penas de 3 años de prisión efectiva a Gallardo y 3 años en suspenso a Miglioranza, además de declarar la reincidencia y unificar las condenas, estableciendo los plazos de cumplimiento y caducidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara valoró la materialidad del hecho, la prueba suficiente, la participación de los imputados como coautores, y la gravedad del delito en modo, tiempo y lugar. Se rechazaron las agravantes del art. 41 quater, considerando la intervención de menores como parte de un plan común, no como instrumentalización. Se aplicó la reincidencia por antecedentes condenatorios y se unificaron las penas anteriores, ajustando las condiciones de cumplimiento conforme a los arts. 50 y 51 del Código Penal, y la regulación de los tiempos de detención. La sentencia consideró que la pena impuesta es proporcional a la culpabilidad y la gravedad del hecho, con fundamentos constitucionales y jurisprudenciales sólidos.
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