Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: I.C. s/ROBO EN CIRCUNSTANCIAS DEL ART.163 (ART.167 INC.4) DAMNIFICADO: VILLAGRAN RUEDA, LUIS ARIEL Y OTRO
La Cámara confirmó la responsabilidad penal del joven Y.A.D.N.I.C. por robo con escalamiento, manteniendo la condena y la pena de cinco años de prisión, en base a la prueba coherente y la valoración del acuerdo de las partes.
- Quién demanda: Fiscalía y partes en acuerdo de responsabilidad
¿A quién se demanda?
Y.A.D.N.I.C. (menor de edad)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de responsabilidad penal por delito de robo con escalamiento en calidad de coautor
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la declaración de responsabilidad y la calificación legal, fijando audiencia para el 6 de agosto de 2025 para resolución definitiva
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara valoró la prueba testimonial, pericial, secuestros y reconocimiento médico, concluyendo que la conducta del menor constituye delito de robo con escalamiento, "toda vez que con las pruebas mencionadas surge que I.C. para llevar adelante su conducta, escaló aproximadamente 2,50 metros de altura por el frente de la vivienda, ingresando así a la unidad funcional por un espacio no diseñado para tal fin, con el objetivo de apoderarse de objetos de valor, propiedad de las víctimas". Además, se acreditó violencia en las personas, y las pruebas forman un conjunto incriminatorio claro y coherente. La calificación legal de la conducta está justificada en los arts. 45, 167 inc. 4to. en función del 163 inc. 4° del Código Penal. La responsabilidad del menor fue ratificada mediante acuerdo de las partes y audiencia de visu, y se fijó audiencia para resolución definitiva en agosto de 2025.
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