Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: SOTO, FABIO DANIEL Y OTRO s/ROBO DE AUTOMOTOR O VEHICULO EN LA VIA PUBLICA DAMNIFICADO: MOLINA RUIZ, GREGORY JEAN CARLOS
La Cámara confirmó parcialmente la condena y la pena impuesta en el juicio oral por tentativa de robo agravado, modificando la cuantía de la pena y la forma de cumplimiento, basándose en la valoración de la prueba y los antecedentes de los imputados.
- Quién demanda: La Fiscalía en representación del Ministerio Público Fiscal.
¿A quién se demanda?
Fabio Daniel Soto y Braian Damián Benítez.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La condena por tentativa de robo agravado con uso de fuerza y la imposición de penas de prisión, además de la declaración de reincidencia de Soto y la unificación de las penas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la responsabilidad de los imputados en los hechos, ajustando la pena a cuatro años y ocho meses de prisión para Benítez y dos años para Soto, revocando la condicionalidad en el caso de Benítez y declarando su reincidencia en el caso de Soto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La materialidad de los hechos y la participación de los imputados se encuentran acreditadas con los testimonios del personal policial, las constancias de secuestro, la declaración del propietario de la moto y las pruebas periciales. La conducta de los imputados constituye tentativa de robo agravado, dado que cortaron cables, forzaron el arranque y arrastraron la motocicleta, siendo interrumpida por la presencia policial. La valoración de la prueba evidencia que ambos actuaron en coautoría, compartiendo la misma voluntad delictiva. La gravedad del daño y el peligro causado justifican la pena de cuatro años y ocho meses para Benítez, y la de dos años para Soto, considerando las circunstancias personales y antecedentes de los imputados." "El principio de proporcionalidad orienta la graduación de la pena, acorde a la extensión del daño, la modalidad delictiva y la culpabilidad. La presencia de agravantes, como la nocturnidad y el daño patrimonial, justifica la pena impuesta. La declaración de reincidencia de Soto y la unificación de la pena de Benítez corresponden conforme a la normativa vigente."
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