Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PEREYRA, LUCAS DAVID s/INFRACCION LEY 26.485 DAMNIFICADO: RODRIGUEZ, DEBORA MICAELA Y OTRO
La Cámara confirmó la condena de dos años de prisión en suspenso por amenazas coactivas y las medidas de restricción y tratamiento para Lucas Pereyra. La decisión se basó en la existencia de hechos probados que evidencian un comportamiento violento y amenazas dirigidas a la víctima, con fundamentación en el artículo 45 y 149 bis del Código Penal, y en la valoración de los testimonios y antecedentes. La Cámara sostuvo que Pereyra actuó con conocimiento y voluntad, y que sus frases y conductas generaron un temor fundado en la víctima, justificando la condena y las reglas de conducta impuestas. La sentencia también consideró que no correspondía la remisión a la ley 24.660 por no cumplirse las condiciones para ello.
- Quién demanda: La víctima, Débora Micaela Rodríguez.
¿A quién se demanda?
Lucas David Pereyra.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La condena por amenazas coactivas, prohibición de acercamiento, restricción de contacto y tratamiento psicológico.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que condena a Pereyra a dos años de prisión en suspenso por amenazas y a cumplir reglas de conducta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara valoró la consistencia y credibilidad del relato de la víctima, que describió amenazas y conductas intimidatorias, incluyendo frases como “si yo me voy, me voy a llevar a alguno conmigo” y “los nenes son solo de él”, que generaron un temor real y fundado. Los testimonios de los testigos corroboraron el estado de exaltación del imputado, y el informe de riesgo indicaba una situación de violencia de género con antecedentes de agresiones y amenazas. La conducta del imputado se ajusta a los delitos de amenazas coactivas, sin causas de justificación, y la pena y reglas de conducta son proporcionales a la gravedad de los hechos.
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