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Incidente Nº 2 - IMPUTADO: BALDONI , JUAN CARLOS s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA

La Cámara declaró extinguida la acción penal y sobreseyó a Juan Carlos Baldoni tras comprobar el cumplimiento de las condiciones impuestas en la suspensión del juicio a prueba. La decisión se fundamenta en que el imputado cumplió con las reglas de conducta y no cometió delitos durante el plazo otorgado. La resolución se basa en el artículo 76 ter del Código Penal y los arts. 336 y 361 del Código Procesal Penal de la Nación, y considera que la conducta del imputado fue adecuada, permitiendo la extinción de la acción y el sobreseimiento.

Condena Sobreseimiento Cumplimiento Suspension del juicio a prueba Conducta Extincion de la accion penal Cumplimiento de reglas de conducta Sobreseimiento. Arts. 76 ter codigo penal Arts. 336 y 361 codigo procesal penal


¿Quién es el actor?

El Estado a través del Tribunal y la Fiscalía.

¿A quién se demanda?

Juan Carlos Baldoni.
- Objeto de la demanda: Extinción de la acción penal y sobreseimiento en el marco de la suspensión del juicio a prueba.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró extinguida la acción penal y sobreseyó a Baldoni por cumplimiento de las obligaciones impuestas y no comisión de delitos en el período de prueba, conforme a los arts. 76 ter, 5° párrafo, del Código Penal y arts. 336, inc. 1°, y 361 del Código Procesal Penal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Al analizar las constancias del expediente y los informes remitidos, se observa que Juan Carlos Baldoni fijó residencia, mantuvo comunicación por los canales adecuados y realizó la totalidad de las tareas comunitarias, cumpliendo con las reglas de conducta impuestas en el plazo dispuesto. El fiscal expresó que 'Baldoni observó las reglas de conducta impuestas en el plazo dispuesto, de modo que esta Unidad Fiscal entiende que el Sr. Juez puede tenerlas por cumplidas y proceder conforme lo prevé el artículo 76 ter del C.P.'." La Cámara concluye que "corresponde, de conformidad con lo dictaminado por la Unidad Fiscal de Ejecución Federal, declarar extinguida la acción penal y, en consecuencia, sobreseer al nombrado en orden a los hechos por los que fue elevada la causa a juicio." La resolución refleja que "el imputado cumplió con las obligaciones impuestas y no cometió ningún delito durante el plazo por el que se suspendió el proceso a prueba."

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