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Legajo Nº 32 - IMPUTADO: CANABE ROGEL, PABLO FRANCO Y OTROS s/LEGAJO DE ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS / PETICIONES

La Cámara Unificó las condenas de Pablo Franco CANABE ROGEL a 22 años de prisión, considerando las sentencias previas y la continuidad del concurso real de delitos, y reafirmó la declaración de reincidencia, justificando la decisión en la gravedad y circunstancias de los hechos.

Reincidencia Sentencias firmes Tribunal de camara Unificacion de condenas Pena unica Secuestro extorsivo Concurso real de delitos Jurisprudencia argentina Articulo 58 del codigo penal Pena 22 anos


¿Quién es el actor?

La Fiscalía General y la defensa del condenado.

¿A quién se demanda?

Pablo Franco CANABE ROGEL.
- Objeto de la demanda: Unificación de condenas y penas por diversos delitos de secuestro extorsivo en distintas causas.
- Decisión del tribunal: La Cámara unificó las condenas impuestas en diferentes causas, estableciendo una pena única de 22 años de prisión, considerando las sentencias anteriores y la naturaleza del concurso real de delitos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 58 del Código Penal regula la unificación de condenas en casos de múltiples sentencias firmes, estableciendo que el tribunal que impuso la pena mayor debe dictar una única sentencia, sin alterar las declaraciones de hechos. La doctrina y jurisprudencia coinciden en que en estos casos se unifican penas y condenas, desapareciendo los efectos de las sentencias anteriores y formando una única condena, que mantiene los efectos sustanciales y procesales, incluyendo la declaración de reincidencia. La unificación se justifica para evitar la multiplicidad de penas y condenas, garantizar la igualdad ante la ley, y asegurar la unidad penal en todo el territorio." "El hecho de que las sentencias previas no estuvieran firmes al momento de la condena original no impide la unificación, pues la firmeza se produjo posteriormente, y la normativa permite la aplicación retroactiva de la unificación para evitar la doble sanción o la condena múltiple por hechos relacionados." "La pena final de 22 años de prisión se fija considerando la gravedad de los hechos, las circunstancias agravantes, y las pautas de individualización, incluyendo la reincidencia y la extensión del daño causado, así como la situación personal del condenado."

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