Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BARRETO CABALLERO, RENÉ ORLANDO s/INFRACCION ART. 145 BIS - CONFORME LEY 26.842 y INFRACCION ART. 145 TER - CONFORME ART 26. LEY 26.842
La Cámara confirmó la condena de 3 años de prisión en suspenso por promover la permanencia ilegal de extranjeros y tenencia de arma sin autorización; además, dispuso el decomiso de bienes y reglas de conducta. La decisión se fundamentó en la prueba y en la aceptación del acuerdo por parte del imputado.
Actor: Fiscalía General ante los Tribunales Orales N° 3
Demandado: René Orlando Barreto Caballero
Objeto: La condena por promoción de la permanencia ilegal de extranjeros, tenencia de arma sin autorización y encubrimiento, con una pena de 3 años de prisión en suspenso, costas y decomiso de bienes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a Barreto Caballero, validando la legalidad del acuerdo y la calificación jurídica aplicada, y rechazando los agravios de la defensa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara valoró la prueba, la confesión del imputado, la ratificación en audiencia y la adecuación del encuadre legal. Consideró que la conducta del imputado encuadraba en el artículo 117 de la ley 25.871, y que la prueba aportada acreditaba los hechos. La defensa no logró demostrar vicios en el proceso o en la calificación jurídica. La pena de tres años en suspenso y las reglas de conducta fueron acordadas por las partes y homologadas por la tribunal.
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