Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GOMEZ, FACUNDO EZEQUIEL Y OTRO s/ROBO, INFRACCION LEY 25.891 ART. 12 y INFRACCION LEY 25.891 ART. 13
La Cámara homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a Gómez a 4 meses de prisión en suspenso por adquisición de un teléfono con procedencia ilegítima, con reglas de conducta y costas. La decisión confirmó la responsabilidad y pena acordadas en la instancia previa.
¿Quién es el actor?
Fiscalía General N° 1 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal
¿A quién se demanda?
Facundo Ezequiel Gómez
- Objeto de la demanda: Responsabilidad penal por adquisición ilegítima de teléfono celular (art. 12 Ley 25.891)
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo de juicio abreviado, se declaró responsable y se condenó a Gómez a 4 meses de prisión condicional, reglas de conducta, costas y decomiso del teléfono.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“La Cámara homologó el acuerdo de juicio abreviado celebrado en los términos del art. 431bis del Código Procesal, en el que Gómez reconoció la adquisición del teléfono en situación de ilegalidad. La responsabilidad quedó acreditada por las pruebas, entre ellas, informes del ENACOM y testimoniales, además del informe social que describe su contexto social y sociocultural. La calificación legal de los hechos fue correcta, y la pena de 4 meses en suspenso es adecuada, considerando su edad (16 años al momento del hecho), las circunstancias personales y la normativa de minoridad (Ley 22.278). La sentencia también impuso reglas de conducta y costas, y ordenó el decomiso del teléfono, que fue devuelto a su titular.”
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