Principal en Tribunal Oral TO01 - NN: ACOSTA, DIEGO ARMANDO s/ROBO DE AUTOMOTOR O VEHICULO EN LA VIA PUBLICA DAMNIFICADO: ENRIQUEZ CELMI, PAUL ESTIBEN
La Cámara confirmó la condena de tres años de prisión en suspenso por robo agravado con uso de arma de fuego, considerando adecuada la calificación legal, la materialidad de los hechos y la participación del imputado, además de la pena mínima en el marco del acuerdo de juicio abreviado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones revisó el proceso seguido contra Diego Armando Acosta, quien fue condenado a tres años de prisión en suspenso por el delito de robo doblemente agravado por el uso de arma de fuego, en un hecho ocurrido el 15 de mayo de 2024, en el que participó en complicidad con otros y mediante violencia y amenazas. La prueba aportada, incluyendo testimonios, análisis dactiloscópico y filmaciones, demuestra la materialidad del hecho y la responsabilidad del imputado, quien fue vinculado con huellas dactilares al vehículo y al lugar del hecho. La calificación legal del delito y la modalidad de agravantes se ajustan a la normativa vigente, en especial la reforma del art. 166 del Código Penal que contempla el uso de armas de utilería o réplica en los robos. La pena propuesta, la mínima de la escala penal, se considera adecuada en relación a las circunstancias del caso, la participación y el reconocimiento del imputado, además de cumplir con los principios de proporcionalidad y mínima gravedad. La condena se deja en suspenso, y el imputado deberá cumplir obligaciones de residencia y control por tres años, además de costas procesales y notificaciones.
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