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Principal en Tribunal Oral TO04 - IMPUTADO: GOFF DAVILA, MAXIMILIANO Y OTROS s/ENCUBRIMIENTO (ART.277) y ASOCIACION ILICITA QUERELLANTE: UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA Y OTRO

La sentencia impugnada confirmó las condenas y las medidas de decomiso por el delito de lavado de activos, aplicando la ley 25.246 en su versión vigente durante la comisión de los hechos, y rechazando los planteos de nulidad y cuestiones procesales planteadas por las defensas.

Delito Lavado de activos Decomiso Compra en comision Ley 25.246 Estructura societaria Maniobra financiera Fondos ilicitos Fondos de baez Estados unidos y suiza.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal dictó sentencia en la causa de lavado de activos en la que se juzgó a diversos imputados, entre ellos Lázaro Báez, Maximiliano Goff Dávila, Jorge Oscar Chueco, Santiago Carradori y Oscar Guthux. La decisión fue condenatoria en la mayoría de los casos, estableciendo penas entre 2 y 5 años de prisión, multas y reglas de conducta. Se dispuso además el decomiso de fondos y bienes por un total de U$D 14.000.000, U$D 320.000 y U$D 800.000, en concepto de producto del delito. La sentencia fundamenta que las maniobras de lavado, realizadas con fondos provenientes de defraudación tributaria y en uso de mecanismos financieros opacos, ocurrieron durante la vigencia de la ley 25.246, y que las operaciones de compra y venta en comisión, con pagos en efectivo y transferencias, constituyen la base de la tipificación del delito. La sentencia también analiza la participación de cada imputado, concluyendo que Goff Dávila y Fariña actuaron como autores, y Guthux y Acosta como partícipes secundarios, en base a su rol en la estructura societaria y en la gestión de los fondos.

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