Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BUSTAMANTE, BRIAN NICOLAS s/HURTO DAMNIFICADO: GARCÍA ARIAS, GERARDO RAFAEL
La Cámara confirmó la condena de Bustamante por hurto en grado de tentativa, manteniendo la pena de dos meses y diez días de prisión efectiva y la declaración de reincidencia, fundamentando que la conducta fue probada y que los antecedentes del condenado justifican la pena impuesta.
¿Quién es el actor?
El Ministerio Público Fiscal
¿A quién se demanda?
Brian Nicolás Bustamante
- Objeto de la demanda: Responsabilidad penal por hurto en grado de tentativa
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 20 de la Capital Federal, que impuso una pena de 2 meses y 10 días de prisión efectiva y declaró la reincidencia del imputado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia describe que Bustamante, el 17 de enero de 2025, en la línea E del subte, sustrajo un matafuego de la empresa EMOVA, girando el pestillo de la caja que lo contenía y colocando el elemento en una bolsa sin ejercer fuerza. La conducta fue advertida por personal de seguridad, lo que llevó a su detención y secuestro del objeto. La valoración probatoria acredita la materialidad y participación del imputado, quien ejerció un dominio pleno sobre la conducta ilícita, y no existen causas de justificación. La conducta es subsumible en el art. 162 del CP, y la responsabilidad penal se fundamenta en las pruebas aportadas. La pena de dos meses y diez días de prisión se graduó considerando circunstancias personales atenuantes y el tiempo en detención, y se declaró la reincidencia basada en una condena anterior, que venció en 2022. La sentencia también dispuso la libertad inmediata del imputado y el pago de costas.
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