Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CASTILLO , JULIÁN EZEQUIEL Y OTROS s/ROBO CON ARMAS
La Cámara confirmó la condena de tres años de prisión en suspenso para los imputados por robo doblemente agravado, rechazando los agravios y manteniendo los fundamentos de la sentencia, incluyendo la valoración de la prueba y la calificación legal del hecho.
¿Quién es el actor?
El Ministerio Público Fiscal (representado por el Dr. Nicolás P. Stivala).
¿A quién se demanda?
Matías Gabriel López, César Felipe Ruarte y Julio Jorge Cordero.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La condena por el delito de robo doblemente agravado por haber sido cometido en poblado y en banda, y con un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de condena a tres años de prisión en suspensión para López y a tres años de prisión efectiva para Ruarte y Cordero, manteniendo la calificación legal, la declaración de reincidencia y las penas determinadas, rechazando los agravios y ratificando la valoración de la prueba.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la constitucionalidad de la agravante por "banda", concluyendo que la indeterminación del término impide su aplicación, pero que la pluralidad de intervinientes puede considerarse como agravante en la fijación de la pena. Además, ratificó la prueba que acreditó la participación de los imputados en el ilícito y su responsabilidad penal, sin encontrar eximentes ni circunstancias que justifiquen la absolución. La calificación de robo calificado por el uso de arma de fuego se fundamentó en la evidencia de la intimidación mediante armas y la planificación conjunta del hecho. La pena de tres años en suspenso para López y de tres años efectivo para Ruarte y Cordero fue ajustada a los parámetros legales y a las circunstancias del caso, incluyendo su reincidencia.
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