Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CORDOBA, GABRIEL ALEXANDER Y OTRO s/AVERIGUACION DE DELITO
La Cámara declaró la rebeldía de Gabriel Alexander Córdoba y Claudia Díaz debido a su incomparecencia y la imposibilidad de ubicar sus paraderos. Ordenó la averiguación de sus paraderos a la Policía Federal Argentina y dispuso su notificación por medio de cédulas electrónicas, sin que se hayan presentado justificativos o solicitado nuevas audiencias.
¿Quién es el actor?
El Estado, en el marco del proceso penal.
¿A quién se demanda?
Gabriel Alexander Córdoba y Claudia Díaz.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La presencia de los imputados en la causa penal y su notificación formal.
¿Qué se resolvió?
Declarar la rebeldía de ambos imputados, ordenar la búsqueda de sus paraderos y disponer su notificación por cédula electrónica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Habiéndose vencido el plazo oportunamente otorgado, desconociéndose el actual paradero de Gabriel Alexander Córdoba y Claudia Díaz y habiendo agotado los medios para dar con ellos -teniendo lo señalado por las fuerzas de seguridad a las que se les encomendó sus correspondientes citaciones-, corresponde declarárlos en rebeldía y encomendar a la Policía Federal Argentina la averiguación de sus paraderos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 288, 289 y 290 primer párrafo del Código Procesal Penal de la Nación." "Por lo expuesto, RESUELVO: I. DECLARAR REBELDE a GABRIEL ALEXANDER CÓRDOBA y encomendar a la Policía Federal Argentina la averiguación del paradero del mencionado, quien una vez habido deberá comparecer dentro de las 48 horas de notificado ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2. II. DECLARAR REBELDE a CLAUDIA DÍAZ y encomendar a la Policía Federal Argentina la averiguación del paradero de la mencionada, quien una vez habida deberá comparecer dentro de las 48 horas de notificada.".
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