Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: OTAZU ROJAS, NESTOR GUSTAVO s/RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A FUNCIONARIO PUBLICO, AMENAZAS y PRIVACION ILEGAL LIBERTAD AGRAVADA (ART.142 INC.2) DAMNIFICADO: FRANCO BOGADO , MARIA MABEL Y OTROS
La Cámara confirmó la condena unificada de tres años de prisión en suspenso para Otazu Rojas, por delitos de amenazas coactivas en concurso con lesiones leves agravadas por el vínculo y violencia de género, y mantuvo las reglas de conducta y la prohibición de acercamiento.
Actor: Néstor Gustavo Otazu Rojas (imputado) Demandado: Néstor Gustavo Otazu Rojas (imputado) Objeto: Solicitud de unificación de penas y revisión de las condenas previas. Decisión: La Cámara unificó las penas en una sola de tres años de prisión en suspenso, confirmando las sentencias anteriores y las reglas de conducta impuestas, incluyendo la prohibición de acercamiento a la víctima.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que, atendiendo a las sentencias firmes en ambas causas, corresponde dictar una única condena, aplicando el sistema composicional de las sanciones, por ser más justo y equitativo. Se analizó la naturaleza, modalidades y consecuencias de las acciones, así como las circunstancias personales, para determinar la pena adecuada. La ley 27785 no es aplicable dado que los hechos son anteriores a su sanción, prevaleciendo el principio de ley penal más benigna. La pena unificada de tres años en suspenso, con reglas de conducta, resulta adecuada y proporcional. La decisión se fundamenta en la consolidación de las sentencias previas, la naturaleza del delito y las circunstancias del imputado.
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