Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CARRASCO JANAMPA, MARIO HUMBERTO Y OTRO s/INFRACCION LEY 26.485 DENUNCIANTE: OFICINA DE VIOLENCIA DOMESTICA Y OTROS
La Cámara confirmó la condena de Mario Humberto Carrasco Janampa a tres años de prisión en suspenso por delitos de violencia de género y lesiones leves, en un marco de violencia doméstica y de género, considerando la gravedad de los hechos y la protección del vínculo familiar.
¿Quién es el actor?
Fiscalía Oral N° 12 del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 12 de la Capital Federal.
¿A quién se demanda?
Mario Humberto Carrasco Janampa.
- Objeto de la demanda: Solicitar la condena por delitos de lesiones leves agravadas por vínculo y violencia de género, amenazas coactivas agravadas por uso de arma, y privación ilegal de la libertad agravada, en concurso material.
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la condena de tres años de prisión en suspenso, la imposición de reglas de conducta por cuatro años, y la inmediata libertad del imputado, considerando el reconocimiento del acuerdo, el cumplimiento de los requisitos del juicio abreviado, y la proporcionalidad de la pena.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia destacó que los hechos probados incluyen violencia física, amenazas con armas, y privación de libertad, en contexto de violencia de género y doméstica, con lesiones leves, todas ellas enmarcadas en un patrón de violencia estructural y de poder. La declaración de la víctima y los informes médicos y psicológicos corroboraron la gravedad del contexto, y se valoró la conformidad del imputado con el acuerdo. La Cámara resaltó que las conductas desplegadas por el imputado “concurren de forma real entre sí, por tratarse de hechos que se desarrollaron en forma independiente, en distintos momentos y que obedecieron a decisiones diferenciables”. Además, se consideró que la pena de tres años en suspenso y las reglas de conducta cumplen con los requisitos de razonabilidad y proporcionalidad, y que la aplicación de la pena en las condiciones del acuerdo resulta adecuada. La sentencia también enfatizó la protección del bien jurídico en el contexto de violencia de género y la gravedad de los hechos.
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