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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MALTEZ, MARTIN ORLANDO s/HURTO DAMNIFICADO: MARTINEZ, MATIAS EZEQUIEL

La Cámara confirmó la condena de cinco meses de prisión por hurto simple y declaró la reincidencia del imputado, manteniendo la sanción y las circunstancias del fallo, incluyendo la absolución de agravantes y la valoración de las condiciones personales del acusado.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Nación confirmó la sentencia que condenó a Martín Orlando Maltez a cinco meses de prisión por hurto simple, declarado reincidente por antecedentes condenatorios firmes, y estableció la fecha de vencimiento de la pena para el 26 de agosto de 2025. La sentencia valoró la prueba testimonial, documental y pericial, considerando que la intervención del imputado fue probada más allá de duda, y que actuó con dolo. La resolución destacó que no correspondía aplicar agravantes por desprotección del bien, ya que la bicicleta estaba en un lugar controlado por el imputado, que fue confundido con personal de seguridad. Se rechazaron los agravios y se confirmó la sentencia de primera instancia, que igualmente consideró circunstancias atenuantes relacionadas con las condiciones personales del condenado. La Cámara también ratificó la declaración de reincidencia basada en las condenas previas y precisó que la pena vencerá el 26 de agosto de 2025, con la consecuente libertad del condenado a partir del 27 de ese mes.

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