Logo

ZDANOWICZ, ANA LAURA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La Cámara de Primera Instancia en lo Laboral confirmó la resolución que fijó la incapacidad laboral del 31,05% y condenó a la aseguradora a pagar una indemnización de $3.299.204,11, considerando las pericias médicas y la aplicación de la ley 24.557, ley 26.773 y normativa complementaria.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Ana Laura Zdanowicz, demanda por la incapacidad laboral derivada de un accidente ocurrido el 23 de julio de 2020.
- La sentencia de primera instancia determinó una disminución laborativa del 31,05%, basada en informes periciales que evaluaron las secuelas físicas y psíquicas, y aplicaron los baremos correspondientes.
- La trabajadora cuestionó la valoración de la incapacidad, alegando secuelas no consideradas, y solicitó un porcentaje mayor, específicamente un 25% de incapacidad psicofísica.
- La aseguradora defendió la valoración realizada por la Comisión Médica, arguyendo que no existieron errores en la evaluación y que la resolución era fundada en las pruebas médicas y el baremo legal.
- La Cámara revisó las pericias y la fundamentación, concluyendo que la valoración de la Comisión Médica y la resolución de primera instancia estaban correctamente fundamentadas, ajustadas a la normativa y las probanzas.
- La resolución confirmó la incapacidad del 31,05%, la indemnización de $3.299.204,11 y los intereses, además de regular los honorarios profesionales y costas procesales.
- Se rechazaron las impugnaciones a las pericias y la inconstitucionalidad del DNU 669/2019, considerando que no mediaba situación de necesidad y urgencia que justificara su dictado. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "El art. 16 de la Resolución S.R.T. Nº 298/2017 y el art. 116 de la Ley Orgánica del Poder Judicial exigen que la fundamentación del recurso sea una crítica concreta y razonada de la decisión, lo cual ha sido cumplido. La pericia médica, basada en estudios complementarios, concluyó que la actora presenta una limitación funcional del codo izquierdo del 8 %, pérdida auditiva del 10,15 %, síndrome vertiginoso del 5 %, y un trastorno depresivo del 20 %, ajustando la incapacidad global en un 31,05 %. La valoración de la Comisión Médica ha sido respaldada por informes periciales que analizaron de manera exhaustiva las secuelas físicas y psíquicas, y aplicaron los baremos legales correspondientes. La valoración psíquica, que determinó una incapacidad del 10 %, fue ajustada por la jueza considerando la historia clínica y otros factores, concluyendo que la incapacidad total es del 31,05 %. La modificación del índice RIPTE y la inaplicabilidad del DNU 669/2019 fueron correctamente fundamentadas en jurisprudencia y constitucionalidad. La suma indemn

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar