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LOSANO, JOSE LUIS c/ TALLERES NAVALES DARSENA NORTE (TANDANOR) S.A..C..Y N. s/DESPIDO

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia y estableció un nuevo método de actualización del crédito laboral basado en el índice RIPTE más un interés del 6% anual, ajustando los montos por la inconstitucionalidad de los mecanismos anteriores.

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- Quién demanda: José Luis Losano

¿A quién se demanda?

Talleres Navales Dársena Norte (TANDANOR) S.A.C.I.Y.N.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido y actualización del monto de condena por créditos laborales adeudados.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la liquidación y fijó un nuevo monto de condena aproximado de 88.400.000 pesos, ajustando los accesorios y estableciendo un interés del 6% anual, en línea con la inconstitucionalidad de las normas que prohibían la indexación y actualización monetaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte Suprema de Justicia de la Nación invalidó las metodologías basadas en capitalizaciones periódicas y anatocismo, considerando que generan resultados desproporcionados y carentes de respaldo, específicamente en el caso “Oliva”. La prohibición legal de indexar (artículos 7 y 10 de la ley 23.928) y su incompatibilidad con la Constitución Nacional, especialmente en contextos de alta inflación y tasas negativas, que pulverizan el valor del crédito. La necesidad de aplicar un mecanismo que preserve el valor del crédito laboral, en este caso, el índice RIPTE más un interés del 6% anual, con una reducción del 40% en los accesorios para evitar resultados exorbitantes. La jurisprudencia de la Corte Suprema que exige limitar la aplicación de mecanismos indexatorios para no vulnerar la propiedad y garantizar la equidad en el marco de la realidad económica. La decisión se enmarca en la búsqueda de una solución constitucionalmente compatible en contextos de alta inflación, invalidando las normas que prohibían la indexación y adoptando parámetros que consideran la realidad socioeconómica.

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