ENOHSA c/ OPCION SEGUROS SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara confirmó la sentencia que condenó a Opción Seguros SA por el pago del anticipo financiero garantizado en la póliza, y rechazó el recurso del tercero CPC SA, manteniendo la validez del pago y la cobertura del seguro, en línea con la normativa y la jurisprudencia de la Corte Suprema.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara analizó una demanda promovida por ENOHSA contra Opción Seguros SA por la ejecución de la póliza de caución para garantizar el anticipo financiero entregado a CPC SA en el marco del contrato de obra pública “Nuevo Colector Costanero
- San Carlos de Bariloche”. La sentencia de primera instancia condenó a la aseguradora a pagar la suma de $28.393.277,00, más intereses, tras acreditar el pago del anticipo y la entrega de documentación, y rechazar los agravios de la aseguradora. La Cámara sostuvo que la acreditación del pago y la entrega de documentación fueron suficientes, valorando la prueba en conjunto y en armonía con la normativa del seguro de caución. Respecto a la impugnación de la rescisión del contrato, la Cámara consideró que la misma fue debidamente fundada en incumplimientos contractuales y que las condiciones de la póliza permiten la ejecución directa por parte del beneficiario, sin necesidad de resolución firme judicial. En relación a la situación concursal de CPC SA, la Cámara determinó que la existencia y validez del crédito no estaban controvertidas ni afectadas por la declaración de concurso, dado que la póliza de caución tiene naturaleza de garantía de cumplimiento y es de ejecución directa. Finalmente, se impusieron las costas a la parte demandada Opción Seguros SA y se declaró desierto el recurso del tercero CPC SA.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: