PETRO GAR COMBUSTIBLES SRL (TF 109440178-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara confirmó la revocación de las ajustes fiscales contra Petro Gar Combustibles, argumentando que la fiscalización fue correcta y que la inclusión en la base e-Apoc ocurrió después de las operaciones, por lo que no afectó la validez de las mismas. La decisión se basa en la valoración adecuada de la prueba y en la doctrina jurisprudencial aplicable.
¿Quién es el actor?
Petro Gar Combustibles S.R.L.
¿A quién se demanda?
Dirección General Impositiva (AFIP)
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra resolución fiscal que ajustó operaciones de venta de combustible, por supuestas irregularidades y la inclusión en la base de contribuyentes apócrifos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso de apelación, confirmó la decisión del Tribunal Fiscal que había revocado las actuaciones fiscales y sostuvo que las operaciones fueron válidas y verificadas correctamente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara revisó la valoración probatoria y concluyó que la fiscalización fue adecuada, pues la inclusión del proveedor Hewitt Oil Co S.A. en la base e-Apoc ocurrió posterior a las operaciones cuestionadas, las cuales datan de 2015 y principios de 2016, mientras que la carga en la base fue en 2016. Además, la fiscalización no realizó tareas específicas que permitieran cuestionar la existencia real de las operaciones y la existencia del proveedor. Se citó jurisprudencia consolidada, incluyendo Fallos de la Corte Suprema, que establecen que la inclusión en la base e-Apoc no implica necesariamente la inexistencia de las operaciones. La valoración de la prueba por el Tribunal Fiscal no resulta arbitraria, por lo que se confirma la decisión en todos sus términos.
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