RUBIO, MATIAS ADOLFO c/ EN-AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Y OTROS s/HABEAS DATA
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala V, confirma el rechazo de la acción de habeas data y la imposición de costas a la demandada, argumentando que la inexactitud de los datos no fue acreditada y que la responsabilidad de la base de datos recae en la provincia de Entre Ríos.
- Quién demanda: Matías Adolfo Rubio (Actor)
¿A quién se demanda?
En-Agencia Nacional de Seguridad Vial y otros (Demandados)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Rectificación de datos en el sistema del Re.N.A.T. y Ce.N.A.T. respecto de infracciones en Entre Ríos, por acción de habeas data.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó que la acción fue declarada inoficiosa y que las costas deben ser impuestas a la demandada, rechazando la apelación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia apelada declaró inoficioso el pronunciamiento por haber el actor renovado su Licencia Nacional de Conducir y las infracciones ya no figuraban en la base de datos, haciendo inoficioso el tratamiento de la acción. La recurrente argumentó que la Agencia Nacional de Seguridad Vial no controla ni emite las licencias, y que la responsabilidad de la información recae en la provincia de Entre Ríos, la cual no fue acreditada como inexacta. La Sala sostuvo que los agravios no constituyen una crítica concreta y razonada, sino una mera discrepancia, por lo que no constituyen recurso válido. Además, se confirmó la imposición de costas, en función de que la inexactitud no fue acreditada y que la responsabilidad recae en la provincia, conforme a un convenio de colaboración interjurisdiccional.
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