BRAGAÑA, FLORA ANTONIA c/ GOMEZ, HORACIO ARMANDO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.
La Cámara confirmó la responsabilidad por mala praxis médica y la cuantía indemnizatoria, modificando parcialmente los intereses moratorios, y reafirmó la condena por daños y perjuicios basada en la prueba pericial y el análisis de responsabilidad clínica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Flora Antonia Bragaña, demanda por daños y perjuicios contra Horacio Gómez, Instituto Dupuytren de Traumatología y Ortopedia y Seguros Médicos S.A., por mala praxis en una cirugía de cadera realizada el 20/9/17.
- La sentencia de primera instancia admitió la demanda, condenando a los demandados a pagar $4.140.000 más intereses y costas.
- Los agravios de las partes apelantes se centraron en la responsabilidad, la cuantía indemnizatoria, los intereses, y detalles sobre la cobertura del seguro.
- La Cámara analizó la prueba pericial, que confirmó la existencia de responsabilidad por negligencia en la cirugía, en particular por la fractura intraoperatoria no detectada, y la evolución desfavorable que derivó en daño irreversible a la actora.
- El tribunal valoró la prueba y los argumentos de las partes, concluyendo que la responsabilidad del profesional y las instituciones está acreditada y que la cuantía por daños y perjuicios es adecuada.
- Se modificaron los intereses moratorios, eliminando la doble tasa y estableciendo que los intereses se calculan desde el hecho dañoso conforme a la doctrina “Samudio”, y se confirmó la condena y los montos por daños morales, incapacidad y gastos, ajustando aspectos procesales y de cobertura del seguro.
- La decisión se fundamentó en la valoración objetiva y subjetiva de la prueba, en especial la experticia médica, y en los principios de reparación integral y responsabilidad civil médica.
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